JUEVES 28 DE MAYO DE 2009

 
   
   
 
   
 
   
 
   
   
   

 

NOTICIAS LEGALES
 
 

MODIFICAN DIVERSOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, DEL TUO DE LA LEY QUE REGULA EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y DEL TUO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL

   

Mediante Ley Nº 29364, publicada en la edición de hoy del diario oficial El Peruano, se han modificado los artículos 384, 386, 387, 388, 391, 392, 393, 394, 396, 400, 403 y 511 del Código Procesal Civil, el artículo 11 del TUO de la Ley Nº 27584 - Ley que regula el proceso contencioso administrativo y los artículos 32, 33, 35, 40, 42 y 51 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Sobre las modificaciones al mencionado código, debemos señalar que se han alterado los presupuestos básicos del recurso de casación (fines, causales, requisitos de admisibilidad y procedencia, trámite del recurso, suspensión de los efectos de la resolución impugnada, actividad procesal de las partes, sentencia fundada, efectos del recurso y el precedente judicial) y del recurso de queja (objeto, interposición y competencia de grado). Asimismo, se ha incorporado el artículo 392-A que establece la procedencia excepcional del recurso de casación.


La modificación del TUO de la Ley Nº 27584, Ley que regula el proceso contencioso administrativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2008-JUS (29/08/2008), ha establecido que son competentes para conocer el proceso contencioso administrativo el juez especializado y la sala especializada en lo contencioso administrativo, en primer y segundo grado, respectivamente. Asimismo, en los lugares donde existan los jueces o las salas mencionadas, serán competentes el juez civil, mixto o la sala civil correspondiente. Esta modificación entrará en vigencia a partir del 29/11/2009.

Por otro lado, cabe resaltar que la modificación del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial ha alterado la competencia de los órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de la República, las Cortes Superiores y los juzgados especializados y mixtos del país.

Finalmente, se han derogado los artículos 385, 389, 390, 398 y 399 del Código Procesal Civil; los dos últimos párrafos del artículo 51 de la Ley Nº 28237, Código Procesal Constitucional; los incisos 3 y 5 del artículo 33, los incisos 1 y 7 del artículo 35 y los incisos 3 y 4 del artículo 40 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, derogaciones que  entrarán en vigencia a partir del 29/05/2009. En cambio la derogación del artículo 31, el inciso 4 del artículo 33, el inciso 2 del artículo 35 y el inciso 5 del artículo 40 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial entrará en vigencia a partir del 29/11/2009.

LEY QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE CONTROL DE LICENCIAS
DE CONDUCIR POR PUNTOS

   

Mediante la Ley Nº 29365, publicada el día de hoy en el diario oficial El Peruano, se ha establecido el Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos.

Debemos recordar que con fecha 22 de abril de 2009 se publicó el Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC que modifica el Reglamento Nacional de Tránsito y aprueba su Texto Único Ordenado, el cual regirá desde el próximo 21 de julio de 2009. Entre las principales modificaciones que efectuó el referido decreto supremo, destacan la calificación y monto de las sanciones, reformulándose el mecanismo de sanción  a los conductores infractores, en la medida en que se adoptó un sistema de reducción de puntos como consecuencia de las reiteradas violaciones al Reglamento Nacional de Tránsito. Esto último es la gran innovación que aporta la referida modificatoria, siendo que ahora la acumulación de infracciones (puntos) será causal de suspensión de la licencia de conducir.


Complementando la modificatoria anterior, la presente ley crea el Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos, estableciendo un puntaje específico para cada infracción de tránsito contenida en el Reglamento Nacional de Tránsito, que tiene un máximo de cien (100) puntos para conductor con licencia hábil.

Así, se ha modificado el artículo 28 de la Ley General de Transporte Terrestre que ahora dispone el puntaje que se le asignará a cada tipo de infracción, por ejemplo:

  • Infracción leve:                                   de uno (1) a veinte  (20) puntos.
  • Infracción graves:                               de veinte (20) a cincuenta (50) puntos.
  • Infracción muy graves:                        de cincuenta (50) a cien (100) puntos.
  • Si es ilícito penal:                                cancelación de la licencia.

 

Finalmente, se establece que la ley materia de comentario entrará en vigencia el 21 de julio de 2009, fecha a partir de la cual también regirán las modificatorias al Reglamento Nacional de Tránsito efectuadas por el Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC.

PRECISAN LA PARTICIPACIÓN DE ACREEDORES
EN PROCESO CONCURSALES

   

A través del Decreto de Urgencia Nº 061-2009, publicado el día de hoy en el diario oficial El Peruano, se ha precisado la participación de los acreedores vinculados a los deudores en procedimientos concursales regidos por la Ley General del Sistema  Concursal, Ley Nº 27809.

En efecto, en la medida en que el objetivo de la Ley concursal (esto es, la recuperación del crédito a través de la asignación eficiente de recursos) y la finalidad de los procedimientos concursales que es propiciar un ambiente idóneo para la negociación entre los acreedores y el deudor sometido a concurso pueden verse afectados cuando existan acreedores vinculados al deudor, la presente norma ha establecido las siguientes reglas para los acreedores que estén vinculados con el deudor:


  1. No podrán solicitar que el deudor sea sometido a proceso concursal de ninguna clase.
  2. No podrán votar en las junta de acreedores cualquiera sea la materia que se trate.
  3. Sus créditos no serán computables para la determinación del quórum y mayorías exigidas por la ley concursal.
  4. Podrán asistir y emitir opinión en las juntas de acreedores.
  5. Sus derechos económicos no se verán afectados.
Cabe precisar que estas reglas serán aplicables a todos los procedimientos concursales, inclusive a los que están en trámite actualmente.


SUMARIO DE NORMAS LEGALES

JUEVES 28 DE MAYO DE 2009

PODER LEGISLATIVO


CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil
(Ley Nº 29364) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396529

Ley que establece el Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos
(Ley Nº 29365) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396532


PODER EJECUTIVO


DECRETO DE URGENCIA

Decreto de Urgencia que precisa la participación de acreedores en procesos concursales
 (D. U. Nº 061-2009) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396533 

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Constituyen Equipo Técnico de Apoyo a las Inversiones Públicas en las zonas comprendidas en el ámbito del VRAE
(D. S. Nº 117-2009-EF) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396539

Aprueban otorgamiento de garantía del Gobierno Nacional a Bonos de Reconocimiento y otros
(D. S. Nº 118-2009-EF) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396540

Aprueban modificación de la operación de endeudamiento externo con el KFW
(D. S. Nº 119-2009-EF) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396541

 

ORGANISMOS EJECUTORES


INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS

Aprueban “Directiva que norma la Admisión de Pacientes en el Organismo Público Ejecutor Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas”
(R. J. Nº 184-2009-J/INEN) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396547

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS


INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

Autorizan realización de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específicas (EROE) en Lima Metropolitana” correspondiente al II Trimestre 2009
(R. J. Nº 142-2009-INEI) El Peruano, 28/05/2009; Pág. 396551


CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS DEL DIA

JUEVES 28 DE MAYO DE 2009

NORMA MODIFICADA

EFECTO LEGAL

NORMA MODIFICATORIA

R.M. 010-93-JUS Código Procesal Civil
El Peruano, 23/04/93, [Tomo 203, §174]

MODIFICADOS:
Arts. 387; 388; 391; 392; 393; 394; 396; 400; 401; 403; 511
ADICIONADO:
Art. 392-A
DEROGADOS:
Arts. 385; 389; 390; 398; 399

LEY 29364 (Arts. 1 y 2; 1ra Disp. Derog.) Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil
El Peruano, 28/05/2009, pág. 396529
[Tomo 408, §189]

D.S. 013-2008-JUS Aprueban el Texto Único Ordenando de la Ley 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, modificado por el D. Leg. 1067
El Peruano, 29/08/2008, [Tomo 399, §199]

MODIFICADO:
Art. 11
(a partir del 29/11/2009)

LEY 29364 (1ra. Disp. Modif.) Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil
El Peruano, 28/05/2009, pág. 396529
[Tomo 408, §189]

D.S. 017-93-JUS Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial
El Peruano, 02/06/93, [Tomo 205, §196]

MODIFICADOS:
Arts. 32; 33 inc. 2; 35 incs. 3 y 5; 40 inc. 2; 42; 51
DEROGADOS:
Arts. 33 incs. 3, 5; 35 incs. 1, 7; 40 incs. 3, 4
DEROGADOS:
Arts. 31; 33 inc. 4; 35 inc. 2; 40 inc. 5
(a partir del 29/11/2009)

LEY 29364 (2da. Disp. Modif.; 3ra. Disp. Derog.) Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil
El Peruano, 28/05/2009, pág. 396529
[Tomo 408, §189]

LEY 28237 Código Procesal Constitucional
El Peruano, 31/05/2004, [Tomo 336, §268]

DEROGADO:
Art. 51 5to y 6to párr.

LEY 29364 (2da. Disp. Derog.) Ley que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil
El Peruano, 28/05/2009, pág. 396529
[Tomo 408, §189]

LEY 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre
El Peruano, 08/10/1999, [Tomo 281, §038]

MODIFICADOS:
Arts. 25; 28
(vigente a partir del 21/07/2009)

LEY 29365 (Art. 3) Ley que establece el Sistema de Control de Licencia de Conducir por puntos
El Peruano, 28/05/2009, pág. 396532
[Tomo 408, §190]

LEY 27809 Ley General del Sistema Concursal
El Peruano, 08/08/2002, [Tomo 315, §043]

ACLARADO:
Art. 12

D.U. 061-2009 (Art. 1) Decreto de Urgencia que precisa la participación de acreedores en procesos concursales
El Peruano, 28/05/2009, pág. 396533
[Tomo 408, §191]

D.S. 080-2002-EF Aprueban operación de endeudamiento externo destinado a financiar el Programa Agroambiental Jaén-San Ignacio- Bagua
El Peruano, 10/05/2002, [Tomo 312, §088]

MODIFICADO:
Art. 2

D.S. 119-2009-EF (Art. 1) Aprueban modificación de la operación de endeudamiento externo con el KFW
El Peruano, 28/05/2009, pág. 396541
[Tomo 408, §194]

Normas Legales
legal@normaslegales.com
Telf: 7108900 - Anexo: 106