JUEVES 1 DE JULIO DE 2010

 
   
   
 
   
 
   
 
   
   
   

 

 

NOTICIAS LEGALES
 

SUNAT MODIFICA EL REGLAMENTO DE COBRANZA COACTIVA

   

Mediante la Resolución Nº 198-2010/SUNAT, este organismo ha dispuesto la desconcentración en el Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, así como en los Intendentes de Aduanas desconcentradas, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes Regionales y Jefes de Oficina Zonal de la Sunat, la facultad de autorizar la donación o destino de los bienes muebles abandonados a que se refiere el artículo 121-A del Código Tributario y la cuarta disposición transitoria del Decreto Legislativo Nº 953 a favor de las instituciones sin fines de lucro de tipo asistencial, educacional o religioso oficialmente reconocidas o de las entidades públicas, respectivamente.


Asimismo, se ha sustituido el literal b) del numeral 3 del artículo 25 del mencionado reglamento, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT, relativo a las reglas del remate y los impedimentos para ser postor; es así que el referido literal quedará con el siguiente texto:

“b) Los trabajadores de la Sunat. En el caso de los jefes de las unidades organizacionales a cargo del ejercicio de las acciones de cobranza coactiva, de los ejecutores coactivos o auxiliares coactivos que intervienen el en procedimiento que culmina con el remate u de aquellos trabajadores  encargados de la administración o custodia de los bienes, incluyendo aquellos que en representación de la Sunat actúen como depositarios, el impedimento para ser postor  se extiende a sus cónyuges y familiares hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad".

De igual manera, se ha sustituido el último párrafo del artículo 37 de la mencionada norma referida a la donación o destino de los bienes por el siguiente texto:

“Las solicitudes de donación o destino podrán ser presentadas en cualquier dependencia de la Sunat a nivel nacional, inclusive si esta no corresponde al domicilio de los sujetos susceptibles a ser beneficiarios.
La donación o destino de los bienes será autorizada por la SUNAT”.

Finalmente, se ha derogado el artículo 38 del reglamento en mención referido a la relación de los beneficiarios.

MEF APRUEBA LOS RATIOS POR ACTIVIDAD PRODUCTIVA Y NIVEL DE VENTAS EN ZONAS ALTOANDINAS

   

Como se recordará, mediante la Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades en Zonas Alto andinas, Ley Nº 29482, se establecieron exoneraciones tributarias con el objeto de promover y fomentar el desarrollo de actividades productivas y de servicios  que generen valor agregado y uso de mano de obra en dichas zonas para aliviar la pobreza.

Asimismo, la norma reglamentaria estableció que a efectos de gozar de los beneficios tributarios, las empresas y unidades productivas debían de cumplir con el ratio que por actividad productiva y nivel de ventas fije anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas.


Bajo ese contexto, mediante el Decreto Supremo Nº 139-2010-EF, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del 30 de junio del presente año, se han aprobado los ratios máximos anuales de ventas por trabajador, por actividad productiva y nivel de ventas, para las empresas y unidades productivas ubicadas en las zonas alto andinas correspondiente al ejercicio 2011, el cual será publicado en el portal electrónico del Ministerio de Economía y Finanzas ( www.mef.gob.pe ).


SUMARIO DE NORMAS LEGALES

01 DE JULIO DE 2010

PODER EJECUTIVO


DECRETOS DE URGENCIA

Decreto de Urgencia mediante el cual se deroga en parte el inciso m) del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 010-2004.
(D. U. Nº 045-2010) El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421509

Autoriza al Ministerio del Interior a incrementar el crédito presupuestario asignado para el AF-2010 orientado al servicio de "Patrullaje a Pie".
(D. U. Nº 046-2010) El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421509

 

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Establecen vigencia de las Tablas Aduaneras del Sistema de Franjas de Precios.
(D. S. Nº 138-2010-EF) El Peruano, 30/06/2010; Pág. 421504 Edición Extraordinaria

Aprueban los ratios por actividad productiva y nivel de ventas para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas correspondiente al Ejercicio 2011.
(D. S. Nº 139-2010-EF) El Peruano, 30/06/2010; Pág. 421505 Edición Extraordinaria

Aprueban operación de endeudamiento externo con el BID.
(D. S. Nº 140-2010-EF) El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421512

Aprueban operación de endeudamiento externo y aporte financiero no reembolsable con KfW.
(D. S. Nº 141-2010-EF) El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421513

Aprueban operación de endeudamiento externo con el FIDA.
(D. S. Nº 142-2010-EF) El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421514

ORGANISMOS EJECUTORES


SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Desconcentran en los Intendentes y Jefes de Oficina Zonal la facultad de autorizar la donación o destino de bienes muebles embargados y abandonados y modifican el Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT.
(Res. Nº 198-2010/SUNAT El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421524

ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS


INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA

Aprueban Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de junio de 2010.
(R. J. Nº 175-2010-INEI) El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421528

Aprueban Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de junio de 2010.
(R. J. Nº 176-2010-INEI) El Peruano, 01/07/2010; Pág. 421528



CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS DEL DIA

JUEVES 01 DE JULIO DE 2010

NORMA MODIFICADA

EFECTO LEGAL

NORMA MODIFICATORIA

D.U. 010-2004 Crean Fondo para la Estabilización de Precios de los combustibles derivados del petróleo.
El Peruano, 15/09/2004 [Tomo 340, §124]

DEROGADO:
Art. 2: inc. m) Tercer párr.

D.U. 045-2010 (Art. 1) Decreto de Urgencia mediante el cual se deroga en parte el inciso M) del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 010-2004.
El Peruano, 01/07/2010, pág. 421509
[Tomo 422, §001]

R. 216-2004-SUNAT Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva.
El Peruano, 25/09/2004 [Tomo 340, §222]

SUSTITUIDO:
Arts: 25 num. 3 lit. b), 37 últ. párr.
DEROGADO:
Art. 3, Reglamento: Art. 8

R. 198-2010-SUNAT (Art. 2 y única disp. Compl. derog.) Desconcentran en los Intendentes y Jefes de Oficina Zonal la facultad de autorizar la donación o destino de bienes muebles embargados y abandonados y modifican el Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT.
El Peruano, 01/07/2010, pág. 421524
[Tomo 422, §006]


 

CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS DEL DIA

MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 201
(Edición Extraordinaria)

NORMA MODIFICADA

EFECTO LEGAL

NORMA MODIFICATORIA

En este día ninguna norma de carácter general ha sido derogada y/o modificada

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