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JUEVES 22 DE JULIO DE 2010

 
   
   
 
   
 
   
 
   
   
   

 

NOTICIAS LEGALES
 

 

CREAN MINISTERIO DE CULTURA

   

El día de hoy en el diario oficial El Peruano se ha publicado la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura. Este nuevo ministerio tendrá a su cargo a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades referidas al sector cultura, el cual considera en su desenvolvimiento a todas las manifestaciones culturales del país que reflejan la diversidad pluricultural y multiétnica. La ley materia del comentario consta de 21 artículos, distribuidos en cinco títulos, además de disposiciones complementarias transitorias y disposiciones complementarias finales.


El título primero trata sobre disposiciones generales, tales como el objeto de la ley y las entidades y organizaciones que se encuentran consideradas dentro del sector cultura. El título segundo se refiere a las áreas programáticas de acción, competencias y funciones que tendrá el ministerio bajo comentario, algunas de las cuales son: el patrimonio cultural de la nación; la pluralidad étnica y cultural de la nación; la formulación de planes, programas y proyectos nacionales en el ámbito de su sector para la promoción, defensa, protección, difusión y puesta en valor de las manifestaciones culturales; realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del patrimonio cultural de la nación; entre otras.

Lo referente a su organización se encuentra contenido en el título tercero. Al respecto se puede decir que la estructura orgánica básica del nuevo ministerio es la siguiente: a) Alta Dirección; b) Órgano de Control Institucional; c) Órganos de Administración Interna; y d) Órganos de Línea. Además de esto, también se detallan las funciones de las autoridades políticas del sector, así como de los órganos que lo conforman. Los títulos cuarto y quinto tratan sobre la articulación y coordinación gubernamental y el régimen económico, respectivamente.

En cuanto a las disposiciones complementarias (tanto transitorias como finales), cabe destacar las siguientes:

  • Ciertos organismos públicos adscritos al Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y Presidencia del Consejo de Ministros, así como sus órganos, programas proyectos o unidades ejecutoras que correspondan ser transferidos al Ministerio de Cultura deberán de fusionarse; y, hasta que este no cuente con un Texto Único de Procedimientos Administrativos, mantienen su vigencia los de las entidades fusionadas, adscritas o transferidas.

  • Se ha establecido que el financiamiento total o parcial que, con carácter de donación en dinero, realizan personas naturales o jurídicas a entidades públicas, excepto empresas, o entidades sin fines de lucro calificadas como entidades perceptoras de donaciones por el Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenta con la aprobación de un proyecto para la realización de actividades, artísticas, científicas, culturales o educativas de interés general, será considerado como promoción cultural. Esto tiene como beneficio que los donantes pueden deducir como gasto el cien por ciento (100%) del importe donado, siempre que dicha deducción no exceda el quince por ciento (15%) de la renta neta de tercera categoría, luego de efectuada la compensación de perdidas a que  hace referencia el artículo 50 de la Ley del Impuesto a la Renta, o el quince por ciento (15%) de la suma de la renta neta del trabajo y la renta de fuente extranjera, tratándose de personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales.

APRUEBAN DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCESO DE RECONSIDERACIÓN DE PRESTACIONES DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD (SIS)

   

Mediante la Resolución Jefatural Nº 090-2010/SIS, publicada el día de hoy, se ha aprobado la Directiva Nº 02-2010-SIS/GO, la cual establece el Proceso de Reconsideración de Prestaciones del Seguro Integral de Salud (SIS). La publicación de la directiva mencionada y sus anexos se efectuará en la página web del SIS (http://www.sis.gob.pe/Portal/paginas/normas.html).


Asimismo, se ha encargado a la Oficina de Informática y Estadística en coordinación con la Gerencia de Operaciones del Seguro Integral de Salud, la implementación y ejecución de las disposiciones establecidas en la directiva bajo comentario.


CREAN "REGISTRO ESPECIAL DE OTRAS ENTIDADES BAJO COMPETENCIA DE CONASEV

   

El día de hoy se ha publicado la Resolución Nº 071-2010-EF/94.01.1, mediante la cual se crea el registro público denominado "Registro Especial de otras entidades bajo competencia de CONASEV", que consta de las siguientes secciones:


a) De los Fondos de Deporte del Fútbol Profesional
b) De las Sociedades Gestoras
c) De las Sociedades Concesionarias
d) De las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos
e) De las Empresas que brindan el servicio de microformas

Además de esto, se ha dispuesto la inscripción automática en el nuevo registro de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, así como de las empresas que brindan el servicio de microformas que se encuentren bajo la competencia de Conasev.


SUMARIO DE NORMAS LEGALES

MIÉRCOLES 21 DE JULIO DE 2010

PODER LEGISLATIVO


CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ley de creación del Ministerio de Cultura.
(Ley Nº 59565) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422589

PODER EJECUTIVO


DECRETOS DE URGENCIA

Dictan medidas extraordinarias para la promoción del funcionamiento de MYPE.
(D. U. Nº 049-2010) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422595

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan octogésimo primer tramo de la emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2009.
(D. S. Nº 157-2010-EF) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422601

Autorizan transferencia de partidas a favor del Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, para  financiar la implementación de la Carrera Pública Magisterial.
(D. S. Nº 158-2010-EF) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422602

Califican para efecto de la Ley Nº 28754 al inversionista del Contrato de Inversión para el desarrollo del proyecto denominado “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la ciudad de Iquitos” - Lote 1.
(D. S. Nº 159-2010-EF) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422603

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

Modifican el artículo 8 del Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-EM.
(D. S. Nº 045-2010-EM) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422604

MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

Aprueban Plan Nacional de Población 2010-2014.
(D. S. Nº 005-2010-MIMDES) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422605

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Decreto Supremo que dispone que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, constituye un Proyecto Especial.
(D. S. Nº 032-2010-MTC) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422611

Decreto Supremo que establece medidas para facilitar y fomentar la libre competencia en la prestación de los servicios portuarios.
(D. S. Nº 033-2010-MTC) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422612

ORGANISMOS EJECUTORES


SEGURO INTEGRAL DE SALUD

Aprueban Directiva que establece el Proceso de Reconsideración de Prestaciones del Seguro Integral de Salud.
(R. J. Nº 090-2010/SIS) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422627

ORGANISMOS REGULADORES


ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

Aprueban Procedimiento para la Adecuación del SCOP y modifican Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN.
(Res. Nº 196-2010-OS/CD) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422633


ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS


COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES

Crean el Registro Público denominado “Registro Especial de otras Entidades bajo competencia de CONASEV”.
(Res. Nº 071-2010-EF/94.01.1) El Peruano, 22/07/2010; Pág. 422642


CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS DEL DIA

MIÉRCOLES 21 DE JULIO DE 2010

NORMA MODIFICADA

EFECTO LEGAL

NORMA MODIFICATORIA

D.S. 003-2010-ED Aprueban fusión de la Dirección Nacional de Archivo Histórico y sus unidades orgánicas en el Instituto Nacional de Cultura, siendo éste último el ente absorbente.
El Peruano, 16/01/2010, [Tomo 416, §113]

ABROGADO

LEY Nº 29565 (Única Disp. Compl. Derog.) Ley de Creación del Ministerio de Cultura.
El Peruano, 22/07/2010, pág. 422589
[Tomo 422, §148]

D.S. 133-2009-EF Autorizan Quinto Tramo de la Emisión de Bonos Soberanos en el Marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2009.
El Peruano, 13/06/2009, [Tomo 409, §105]

MODIFICADO:
Art. 1

D.S. 157-2010-EF (Art.1) Autorizan octogésimo primer tramo de la emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2009.
El Peruano, 22/07/2010, pág.422601
[Tomo 422, §150]

D.S. 01-94-EM Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo.
El Peruano, 11/01/1994, [Tomo 212, §091]

MODIFICADO:
Reglamento: Art. 8

D.S. 045-2010-EM (Art. 1) Modifican el artículo 8º del Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-EM.
El Peruano, 22/07/2010, pág. 422604
[Tomo 422, §153]

D.U. 063-2009 Aprueban fusión por absorción de la autoridad autónoma del proyecto especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE de la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
El Peruano, 07/06/2009, [Tomo 409, §060]

ACLARADO:
Art. 1

D.S. 032-2010-MTC (Art.1) Decreto Supremo que dispone que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao –AATE, constituye un Proyecto Especial.
El Peruano, 22/07/2010, pág. 422611
[Tomo 422, §155]

R. 028-2003-OS-CD-OSINERG Aprueban Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones.
El Peruano, 12/03/2003, [Tomo 322, §125]

MODIFICADO:
Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos: Rubro 5 núm. 5.7

R. 196-2010-OS-CD (Art. 3) Aprueban Procedimiento para la Adecuación del SCOP y modifican Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN.
El Peruano, 22/07/2010, pág. 422633
[Tomo 422, §158]

R. 079-97-EF-94.10-CONASEV Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores.
El Peruano, 14/02/1997, [Tomo 249, §095]

DEROGADO:
Art. 3

R. 071-2010-EF-94.01.1 (Primera Disp. Final) Crean el Registro Público denominado “Registro Especial de otras Entidades bajo competencia de CONASEV”.
El Peruano, 22/07/2010, pág. 422642
[Tomo 422, §159]

R. 090-93-EF-94.10.0-CONASEV Dictan normas que permitan poner en práctica el uso de tecnologías avanzadas en materia de archivo de documentos.
El Peruano, 23/06/1993, [Tomo 205, §192]

DEROGADO:
Art. 4

R. 071-2010-EF-94.01.1 (Primera Disp. Final) Crean el Registro Público denominado “Registro Especial de otras Entidades bajo competencia de CONASEV”.
El Peruano, 22/07/2010, pág. 422642
[Tomo 422, §159]

 

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