 |
MARTES 09 DE MARZO DE 2010 |
| |
MINISTERIO DE SALUD COMUNICA QUE EL USO DE LEVONORGESTREL COMO ANTICONCEPTIVO ORAL DE EMERGENCIA NO ES ABORTIVO Y NO PRODUCE EFECTOS SECUNDARIOS MORTALES O DAÑINOS
|
| |
|
Mediante la Resolución Ministerial Nº 167-2010/MINSA, publicada hoy, se hace de conocimiento público que de conformidad con los informes técnicos científicos expedidos posteriormente a la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 02005-2009-PA/TC, por parte de la OMS/OPS y de las autoridades competentes de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas y la Dirección General de Salud, así como del Instituto Nacional de Salud, existe certeza, que el uso del levonorgestrel como anticonceptivo oral de emergencia no es abortivo, y no produce efectos secundarios mortales o dañinos, teniendo propiedades benéficas para la salud. |
 |
Así, se dispone también que la Dirección General de Salud de las Personas en coordinación con la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas, efectúen lo conveniente para aplicar la N. T. Nº 032-MINSA/DGSP-V. 01: Norma Técnica de Planificación Familiar, aprobada por Resolución Ministerial Nº 536-2005/MINSA, acerca del uso del levonorgestrel en la anticoncepción oral de emergencia en concordancia con el fundamento 62 de la mencionada sentencia del Tribunal Constitucional.
Finalmente, se ha dispuesto comunicar al Tribunal Constitucional el contenido de la resolución ministerial materia de comentario. |
|
SUMARIO DE NORMAS LEGALES |
MARTES 09 DE MARZO DE 2010 |
PODER EJECUTIVO |
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores
(D.S. Nº 078-2010-EF) El Peruano, 09/03/2010; Pág. 415259
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica con el Gobierno del Brasil para la Implementación del Proyecto “Apoyo a la Implementación de Bancos de Leche Humana en el Perú”
(D.S. Nº 013-2010-RE) El Peruano, 09/03/2010; Pág. 415261
MINISTERIO DE SALUD
Comunican que existe certeza que el uso de levonorgestrel como anticonceptivo oral de emergencia no es abortivo y no produce efectos secundarios mortales o dañinos
(R.M. Nº 167-2010/MINSA) El Peruano, 09/03/2010; Pág. 415264
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
Precisan solicitudes relativas al cambio de la Placa Única Nacional de Rodaje que serán consideradas en el Registro de Propiedad Vehicular como solicitudes de inscripción de acto secundario
(R.M. Nº 114-2010-MTC/02) El Peruano, 09/03/2010; Pág. 415269
|
|
AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Aprueban Manual de Fiscalización y Supervisión
(R.D. Nº 024-2010/APCI-DE) El Peruano, 09/03/2010; Pág. 415283
|
|
CUADRO DE MODIFICACIONES Y DEROGACIONES DE NORMAS DEL DIA |
MARTES 09 DE MARZO DE 2010 |
NORMA MODIFICADA |
EFECTO LEGAL |
NORMA MODIFICATORIA |
EXPEDIENTE 02005-2009-PA-TC Declaran fundada la demanda; en consecuencia, ordenan al Ministerio de Salud se abstenga de desarrollar como política pública la distribución gratuita a nivel nacional de la denominada "Píldora del Día Siguiente
El Peruano, 20/11/2009 |
ACLARADO:
Fundamento 62 |
R.M. 167-2010-MINSA (art. 1) Comunican que existe certeza que el uso de levonorgestrel como anticonceptivo oral de emergencia no es abortivo y no produce efectos secundarios mortales o dañinos
El Peruano, 09/03/2010, pág. 415264
[Tomo 418, §038] |
D.S. 017-2008-MTC Aprueban Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje
El Peruano, 19/04/2008, [Tomo 395, §170] |
ACLARADO:
Reglamento: Arts. 56; 8 num. 8.2.7 |
R.M. 114-2010-MTC-02 (arts. 1 y 2) Precisan solicitudes relativas al cambio de la Placa Única Nacional de Rodaje que serán consideradas en el Registro de Propiedad Vehicular como solicitudes de inscripción de acto secundario
El Peruano, 09/03/2010, pág. 415269
[Tomo 418, §039] |
|
Normas Legales
legal@normaslegales.com
Telf: 7108900 |
|
|
|
|
|